- Unidad de Información y estadísticas
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ARTICULO 33. Serán funciones de la Unidad de Información las siguientes:
- a) Identificar las necesidades de información estadística de las diferentes dependencias de la institución.
- b) Identificar las fuentes de información externa útil a la Institución.
- c) Identificar el tipo de información estadística requerida para la elaboración de los planes de desarrollo, planes de acción, planes operativos y la toma de decisiones y que deben proporcionar todas las dependencias académicas y administrativas de la institución.
- d) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros.
- e) Proponer a la Oficina de Planeación y Desarrollo Universitario y demás dependencias de la institución formas o instrumentos de recolección de información.
- f) Determinar los periodos estadísticos, según las etapas evaluativas de la Unidad y la Institución, para la recolección y/o producción de la información.
- g) Eliminar la duplicación de información para ahorrar tiempo, trabajo y esfuerzos.
- h) Proporcionar información relacionada con estudios de tipo académico, administrativo o económico-financiero a las dependencias de la institución que la soliciten.
- i) Establecer las metodologías adecuadas para la recolección de datos, su procesamiento y análisis y la publicación de estadísticas, de tal forma que estas sirvan de base para la implantación de sistemas integrados de información, bases o bancos de datos.
- j) Determinar el tiempo de vigencia de las formas o instrumentos del Subsistema de Información utilizados en la de recolección y actualización de las estadísticas.
- k) Dar asesoría a las dependencias de la institución en asuntos de su especialidad.
- l) Publicar anualmente un Boletín de Estadísticas.
- m) Las demás que señalen las normas reglamentarias.
- Unidad de Planes y Proyectos
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ARTICULO 49. Serán funciones de la Unidad de Planes y Proyectos de la Oficina de Planeación y Desarrollo Universitario las siguientes:
- a) Desarrollar un proceso continuo de evaluación al Plan de Desarrollo Institucional.
- b) Monitorear la equidad, eficacia y eficiencia en la consecución de metas y objetivos del Plan de Acción Anual.
- c) Sugerir los ajustes y cambios necesarios de acuerdo con los diagnósticos del contexto interno y externo.
- d) Diseñar y poner en práctica un esquema pedagógico de capacitación en Prospección y Programación para sustentar el sistema de planeación.
- e) Presentar a los Consejos Académico y Superior Universitario el informe de evaluación de los planes.
- f) Las demás que establezcan las normas reglamentarias.
- Unidad Administrativa y Financiera
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ARTICULO 39. La Unidad de Planeación Administrativa y Financiera estará a cargo de la definición de las políticas, estrategias y objetivos generales para el desarrollo de la administración, la asignación y uso racional de los recursos económicos y humanos de la institución. Es el órgano técnico de planeación de la Vicerrectoría Administrativa que estará encargado de las labores de promoción de la calidad, asesorías, análisis, diagnóstico, prospección y diseño de actividades propias de la gestión del financiamiento institucional y la asignación de recursos, gestión del talento humano y gestión de servicios administrativos. Sus funciones serán las siguientes:
- a) Prospectar el desarrollo institucional en los ámbitos administrativo y económico-financiero.
- b) Coordinar la elaboración del Plan Financiero y el anteproyecto del presupuesto de ingresos, gastos e inversión de la Universidad.
- c) Apoyar los procesos de autoevaluación institucional y acreditación con fundamento en el Factor Organización, Administración, Gestión, Recursos Físicos y Financieros de los lineamientos del Consejo Nacional de Acreditación.
- d) Emitir concepto al Vicerrector sobre los planes operativos de las dependencias de apoyo administrativo y sustentar el Plan Operativo de la Vicerrectoría.
- e) Prestar asesoría Técnica a las Facultades y demás unidades académico-administrativas en pro de la optimización del proceso de descentralización administrativa y financiera.
- f) Elaborar los estudios sobre formas alternativas de financiación de la Universidad.
- g) Elaborar periódicamente estudios de costos de los programas académicos.
- h) Realizar estudios para la fijación o modificación de los derechos pecuniarios que deben pagar los estudiantes de la Universidad Popular del Cesar.
- i) Llevar y mantener actualizado el registro de la información financiera de la institución.
- j) Realizar estudios técnicos para el mejoramiento administrativo de la Universidad.
- k) Realizar estudios periódicos sobre distribución de funciones, sistemas y métodos de trabajo.
- l) Analizar y divulgar información referente a nuevas técnicas y metodologías sobre la organización administrativa.
- m) Promover y fomentar procesos de evaluación cualitativa del desempeño de los funcionarios y empleados.
- n) Las demás que señalen las normas reglamentarias.
- Unidad de Infraestructura Física
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ARTICULO 40. La Unidad de Planeación Física. Es una dependencia adscrita a la Oficina de Planeación y Desarrollo Universitario que estará a cargo de la planeación estratégica de la renovación y el desarrollo de la planta física de las distintas sedes de la Universidad. Sus funciones serán las siguientes:
- a) Adelantar estudios sobre la adecuación, ampliación y dotación de la planta física de la Universidad.
- b) Evaluar periódicamente la ejecución de programas y proyectos en el área correspondiente.
- c) Adelantar estudios para el uso y racionalización de los recursos de la planta física.
- d) Mantener el inventario de dotación y equipos de aulas, laboratorios y talleres de la Universidad.
- e) Asignar la planta física a las dependencias académicas y administrativas.
- f) Las demás que señalen las normas reglamentarias.
- Unidad de Planeación Académica
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ARTICULO 38. Unidad de Planeación Académica adscrita a la Vicerrectoría Académica, estará a cargo de la definición de las políticas, estrategias y objetivos generales para el desarrollo institucional en lo que se refiere a las funciones de docencia, investigación y extensión en la Universidad Popular del Cesar. Igualmente, se encargará de las labores de promoción de la calidad, asesorías, análisis, diagnóstico, prospección y diseño de actividades de planeación en pro de la excelencia académica. Sus funciones serán las siguientes:
- a) Prospectar el desarrollo académico institucional.
- b) Dinamizar los procesos de autoevaluación institucional y acreditación.
- c) Emitir concepto al Vicerrector Académico sobre los planes operativos de las dependencias de apoyo académico y sustentar el Plan Operativo de la Vicerrectoría.
- d) Identificar programas de cooperación técnica internacional y coordinar su utilización como parte integral del plan.
- e) Colaborar en la propuesta del Plan de Desarrollo Institucional en lo que respecta al desarrollo académico de la Universidad.
- f) Elaborar el proyecto de Plan Operativo de la Vicerrectoría Académica.
- g) Asesorar técnicamente a las Facultades, dependencias de apoyo académico (Centro de Admisiones, Registro y Control Académico, Centro de Recursos Educativos, Oficina de Relaciones Internacionales, Centros de Investigaciones) en los procesos de autoevaluación y elaboración de sus planes operativos.
- h) Promover y fomentar procesos de evaluación cualitativa del desempeño de los docentes.
- i) Analizar la asignación y distribución de carga académica.
- j) Adelantar estudios diagnósticos sobre la pertinencia de los programas de pregrado y postgrado.
- k) Prospectar los nuevos programas académicos de pregrado y postgrado.
- l) Las demás que señalen las normas reglamentarias.
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